El metro y el teleférico modifican sus horarios a raíz del toque de queda
Opret dijo en su cuenta de Twitter que el metro funcionará de 6.00 de la mañana a 6.00 de la tarde de lunes a viernes
La Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) informó este lunes que el metro y el teleférico de Santo Domingo tendrán nuevos horarios, a raíz del toque de queda que se cumplirá en el país, anunciado por el Gobierno.
En ese sentido, Opret dijo en su cuenta de Twitter que el metro funcionará de 6.00 de la mañana a 6.00 de la tarde de lunes a viernes, mientras que los sábados y domingos lo hará de 6.00 a.m. a cuatro de la tarde.
Asimismo, el teleférico podrá utilizarse de 6.00 de la mañana a 6.00 de la tarde, de lunes a viernes, en tanto los sábados transportará a los usuarios desde las seis de la mañana a las cuatro de la tarde.
Los domingos, el horario será de ocho de la mañana a cuatro de la tarde.
El toque de queda estará en vigor de lunes a viernes de 7.00 de la noche a 5.00 de la mañana del día siguiente y los sábados y domingos de 5.00 a 5.00 en la provincia Santo Domingo, Distrito Nacional, Santiago, San Cristóbal, La Vega, Puerto Plata, Duarte, San Pedro de Macorís, La Romana, San Juan, La Altagracia, Azua, Monseñor Nouel, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez.
Las restricciones se aplicarán todos los días de la semana de 8:00 pm a 5:00 a.m. en Espaillat, Peravia, Barahona, Monte Plata, Valverde, Hermanas Mirabal, Montecristi, Samaná, Bahoruco, Hato Mayor, El Seibo, Dajabón, Santiago Rodríguez, San José de Ocoa, Elías Piña, Independencia y Pedernales.
Durante el horario del toque de queda se permitirá la circulación de personal sanitario y farmacéutico, aquellas personas que tengan una emergencia de salud, personal de seguridad privada, miembros de la prensa, conductores de vehículos de empresas prestadoras de servicios de energía, agua o telecomunicaciones, así como de transporte mercancías.
Asimismo, personas que trabajen en establecimientos de alimentación o farmacéuticos, pasajeros que lleguen procedentes del extranjero y personal que los traslade desde terminales de llegada, así como trabajadores de empresas de transporte marítimo o aéreo y de hostelería; empleados de servicios funerarios, minería industria y zonas francas.EFE


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