Impuestos Internos concede prórrogas para Impuesto sobre la Renta
Impuestos Internos concede prórrogas para Impuesto sobre la Renta
- La medida aplica para personas físicas y sucesiones indivisas del ISR, conocidos como IR-1
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó hoy que, conforme las instrucciones recibidas del presidente de la República, Danilo Medina, concedió prórrogas para el cumplimiento del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas (IR-1) y del Impuesto sobre la Renta para los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST), correspondiente al periodo fiscal 2019.
“Como apoyo a la situación excepcional que vive nuestro país ante la circulación del virus COVID-19 y conforme a lo establecido en el artículo 17 del Código Tributario, la Dirección General de Impuestos Internos concederá prórrogas para el cumplimiento del Impuesto sobre la Renta -ISR (IR1) y para los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación -RST”, indicó la DGII en un comunicado de prensa.
Impuestos Internos anunció que las fechas límite de pago se aplazarán del 20 de marzo al 30 de abril para la declaración jurada y pago de la primera cuota para los contribuyentes del RST basados ingresos personas físicas y del sector agropecuario. Mientras que la fecha del pago de la primera cuota para los contribuyentes acogidos al RST basado en ingresos personas jurídicas y por compras se mueve del 31 de marzo al 30 de abril.
“Como apoyo a la situación excepcional que vive nuestro país ante la circulación del virus COVID-19 y conforme a lo establecido en el artículo 17 del Código Tributario, la Dirección General de Impuestos Internos concederá prórrogas para el cumplimiento del Impuesto sobre la Renta -ISR (IR1) y para los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación -RST”, indicó la DGII en un comunicado de prensa.
Impuestos Internos anunció que las fechas límite de pago se aplazarán del 20 de marzo al 30 de abril para la declaración jurada y pago de la primera cuota para los contribuyentes del RST basados ingresos personas físicas y del sector agropecuario. Mientras que la fecha del pago de la primera cuota para los contribuyentes acogidos al RST basado en ingresos personas jurídicas y por compras se mueve del 31 de marzo al 30 de abril.
En tanto que, para los contribuyentes del ISR, Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (IR-1), se aplaza la fecha límite del 30 de marzo al 30 de abril.
Impuestos Internos invita a los contribuyentes a hacer uso de sus plataformas digitales, como medida de prevención ante el brote del virus COVID-19.
Para la gestión de servicios y consultas, se pueden usar las vías telefónicas 809-689-3444, y desde el interior sin cargos 1-809-200-6060. Visite la página web www.dgii.gov.do, y accede a la Oficina Virtual, disponible las 24 horas. También puede visitar las cuentas oficiales de redes sociales y comunidad de ayuda de la DGII.


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