El acceso a las playas divide a asambleístas
Reforma. Un revuelo provocó ayer en la Asamblea la propuesta de restringir el libre acceso a las playas.
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Santo Domingo.- Un artículo donde se establece el derecho que tiene cada dominicano a acudir libremente a las playas del país causó anoche un revuelo en la Asamblea Nacional y dividió las posiciones de los asambleístas de los tres principales partidos políticos.
De paso, este artículo provocó que por primera vez “se le tumbara el pulso” a los líderes de los Partidos Revolucionario Dominicano y de la Liberación Dominicana, Miguel Vargas y Leonel Fernández, al dejar de lado un acuerdo arribado por las comisiones negociadoras del PRD y el PLD para que se modificara lo aprobado en primera lectura y se acogieran las modificaciones sugeridas.
La propuesta, apoyada por PRD, PLD y PRSC, sugería que se modifique el párrafo del artículo 13, del informe; 69 de los aprobado en primera lectura, para que incluya el derecho a la propiedad privada.
La propuesta, rechazada al solo obtener 95 de los 100 votos requeridos, dice que “las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica, serán objeto de protección especial por parte de los poderes públicos para garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la Nación. Sin perjuicio de los derechos de propiedad privada, las playas y costas nacionales, ríos, lagos, lagunas, son de libre acceso al público, en las condiciones y formas que determine la ley”.
Cincuenta y cuatro asambleístas, 30 del PLD, 15 del PRD, siete del PRSC y dos de la Fuerza Nacional Progresista, votaron en contra de que se incluya el término “sin perjuicio de los derechos de la propiedad privada”.
Al rechazarlo se debe quedar como fue aprobado en primera lectura: “Las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica, nativa y migratoria, son objeto de protección especial por parte de los poderes públicos para garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la Nación. Los ríos, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso. La ley regulará las condiciones, formas y servidumbres en que los particulares accederán al disfrute o gestión de dichas áreas”.

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