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lunes, 13 de julio de 2009

Telefónicas saludan la decisión de la Suprema En conflicto con Ayuntamientos

LAS EMPRESAS TAMBIÉN AGRADECEN AL INDOTEL POR SU DECISIVO RESPALDO
Aporte. El sector de las telecomunicaciones es de los más dinámicos.

Santo Domingo.- El director ejecutivo de la Asociación Dominicana de Empresas de Telecomunicaciones (Adomtel) expresó que las telefónicas se sienten complacidas con la decisión tomada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), mediante un fallo dado a conocer esta semana que establece la inconstitucionalidad del artículo 284 de la Ley 176-07, sobre el Distrito Nacional y los Municipios, en lo que respecta a las empresas de telecomunicaciones.

La sentencia también declara incorrecta la aplicación de arbitrios pretendida por los ayuntamientos.

Sin embargo, Castillo indicó que no dejan de preocupar los aprestos que en estos momentos se encuentra realizando el Senado de la República para lograr modificaciones a la Ley de Telecomunicaciones.

“El desarrollo del sector y los niveles de competencia que existen en el país son la prueba más contundente de que la Ley que rige el sector está cumpliendo su cometido y por tanto no se justifican modificaciones a un régimen regulatorio robusto y de vanguardia” afirmó Castillo.

Una legislación modelo
“La Ley General de Telecomunicaciones 153-98 es un conjunto estructurado e interrelacionado muy cuidadosamente” señaló Castillo, y resaltó además que esta moderna legislación ha sido utilizada como modelo para regular las telecomunicaciones en otros países de la región.

Como los principales logros derivados de la Ley de Telecomunicaciones, el director ejecutivo de Adomtel mencionó que hay 17 concesiones telefónicas en el país, precios competitivos, tecnología de última generación, un órgano regulador descentralizado, el crecimiento sostenido del sector, una densidad telefónica cercana al 90% y el acceso a banda ancha en comunidades remotas.

La Suprema Corte de Justicia declaró el pasado miércoles como inconstitucional el artículo 284 de la Ley 176-07 sobre el Distrito Nacional y los municipios, que estable el pago del 3% de los ingresos brutos de las empresas de telecomunicaciones a los ayuntamientos del país. El recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto el 25 de septiembre de 2008 por la Adomtel.